
AGENCIA MANACORNOTICIAS 27/12/2025 - 08:57:03 | ![]() ![]() |

![]() | Felanitx). Se adjunta como anexo 1 en este Acuerdo la lista de espera actualizada, donde figuran tanto los solicitantes para un amarre de determinadas dimensiones como las solicitudes genéricas. |
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS. Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears por el que se inicia el procedimiento de adjudicación de amarres en base de la lista 7ª de la instalación portuaria de Portocolom TM Felanitx. El Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears, reunido en la sesión del día 17 de diciembre de 2025, acordó lo siguiente:
En fecha 19 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB n.º 102) la Resolución del vicepresidente ejecutivo de Ports de les Illes Balears por la que se aprueba la composición de la lista de espera definitiva de las solicitudes de autorización temporal de puestos de amarre en base para embarcaciones de recreo no profesionales en el puerto de Portocolom (T.M. Felanitx). Se adjunta como anexo 1 en este Acuerdo la lista de espera actualizada, donde figuran tanto los solicitantes para un amarre de determinadas dimensiones como las solicitudes genéricas.
Acuerdo. Primero.- Iniciar el procedimiento de adjudicación de amarres en base de la lista 7ª disponibles de la instalación portuaria de Portocolom (T.M. Felanitx) que figuran en el anexo 2, a favor de las personas que figuran en la lista de espera actualizada del anexo 1, según su turno, teniendo en cuenta que las solicitudes no se pueden modificar a partir de la publicación en el BOIB de este Acuerdo y que a los interesados que hayan presentados solicitudes genéricas se los ofrecerán todos los amarres disponibles en su turno.
Segundo.- Facultar al vicepresidente de Ports de les Illes Balears para continuar con la tramitación de este procedimiento y hacer las adjudicaciones individuales de los amarres. Tercero.- Ordenar la publicación de este Acuerdo en la página web de Ports de les Illes Balears y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Interposición de recursos. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de diciembre de 2025). El vicepresidente, Antonio Mercant Morato.


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